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TAPI Puerto Rico, Inc. pagará una multa por infracciones ambientales

04/23/2020
Contact Information: 
Brenda Reyes (reyes.brenda@epa.gov)
787-977-5869

PUERTO RICO (23 de abril de 2020) La Agencia de Protección Ambiental de los EE. UU. (EPA) anunció esta semana que TAPI Puerto Rico, Inc. (TAPI) ha aceptado pagar una multa de $539,784 por presuntas infracciones de la Ley de Aire Limpio y otras infracciones ambientales en su planta manufacturera farmacéutica situada en Guayama, Puerto Rico. El 13 de abril de 2020, el Departamento de Justicia presentó en el tribunal federal de distrito en Puerto Rico una denuncia en contra y una Estipulación y Acuerdo de Resolución para TAPI a fin de resolver presuntas infracciones de la Ley de Aire Limpio, la Ley de Conservación y Recuperación de Recursos (RCRA), la Ley de Agua Limpia y la Ley de Planificación de Emergencia y Derecho a Saber de la Comunidad.

“Los contaminantes peligrosos del aire son aquellos que se conoce como causantes de cáncer y de otros efectos serios en la salud. Por lo tanto, es de vital importancia que las instalaciones que generen estos agentes químicos respeten sus permisos y la ley”, señaló Pete López, administrador regional de la EPA. “En la EPA tomamos en serio estas infracciones al continuar nuestra labor con los gobiernos estatales y locales a fin de reducir las emisiones al aire de 187 contaminantes tóxicos para el medioambiente.”

La EPA identificó varias áreas de las operaciones de la instalación que estaban infringiendo las reglamentaciones ambientales. Entre las numerosas presuntas infracciones se incluyen algunas como las indicadas a continuación.

  • Dado que TAPI tenía el potencial de emitir más de 10 toneladas al año de acetonitrilo, un contaminante peligroso del aire, TAPI estaba sometida a las Normas de Tecnología de Control Máximo Alcanzable (MACT) de la Ley de Aire Limpio, y debería haber enmendado su solicitud de permiso según el Título V para incluir los requisitos farmacéuticos de las MACT.
  • TAPI no cumplió con los requisitos reglamentarios de desechos que le habrían permitido almacenar desechos peligrosos por menos de 90 días sin un permiso y, por lo tanto, no califica para quedar exenta del permiso; TAPI almacenó y/o trató desechos peligrosos en un dique superficial sin tener permiso; TAPI no mantuvo ni operó la instalación de tal modo que minimizara la posibilidad de incendio, explosión o emisión repentina o no de desechos peligrosos que pudieran amenazar la salud humana o el medioambiente como lo exige su permiso según la RCRA. 
  • La empresa tampoco presentó oportunamente a la EPA informes anuales de inventario de emisiones químicas tóxicas por su uso de naftaleno en sus operaciones como lo exige la Ley de Planificación de Emergencia y Derecho a Saber de la Comunidad. La empresa tampoco presentó informes oportunos del Inventario de Emisiones Tóxicas de la EPA, como lo exige la Ley de Planificación de Emergencia y Derecho a Saber de la Comunidad, por su uso de naftaleno en sus operaciones.
  • TAPI infringió su permiso de pretratamiento de aguas residuales de Puerto Rico al no operar y mantener sus sistemas de pretratamientos para asegurar el cumplimiento con el permiso. Esto incluyó, entre otras infracciones, fugas de aguas residuales de un tanque corroído, grandes grietas en tres tanques y el desborde de un tanque de ecualización.

La casa matriz de TAPI, Teva Pharmaceuticals Industries Ltd., es una empresa farmacéutica multinacional y uno de los mayores fabricantes de medicamentos genéricos en el mundo. La EPA continuará monitoreando los acontecimientos relacionados con las partes. Sin embargo, las infracciones ya no están ocurriendo dado que la instalación cesó sus operaciones. 

Para conocer más detalles sobre la labor de la EPA en Puerto Rico, visite https://19january2021snapshot.epa.gov/pr

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