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EPA en español

Preguntas frecuentes sobre la propuesta norma de las “Aguas de EE. UU.”

En esta página:


P-1: ¿Qué dice la Orden Ejecutiva de febrero sobre “Aguas de los Estados Unidos”?

R-1: La Orden Ejecutiva Presidencial del 28 de febrero de 2017 titulada "Restaurar el estado de derecho, el federalismo y el crecimiento económico evaluando la norma de ‘Aguas de los Estados Unidos’ señala que forma parte del interés nacional asegurar que las aguas navegables del país se mantengan descontaminadas, promoviendo a la vez el crecimiento económico, minimizando la incertidumbre en la normativa y demostrando la debida consideración por los roles del Congreso y los estados en virtud de la Constitución. También instruye a la Agencia de Protección Ambiental (EPA, por sus siglas en inglés) y al Departamento del Ejército que se evalúe la Norma de 2015 que define las “Aguas de los Estados Unidos” para que sea congruente con estas prioridades y se publique para dar aviso y suscitar comentarios una norma propuesta que rescinda o modifique la Norma de 2015, según corresponda y sea consecuente con la ley. Además, la Orden instruye a las agencias que consideren interpretar el término “aguas navegables”, como se define en la Sección 1362(7) del Título 33 del Código de los EE. UU., de manera congruente con la opinión del Magistrado Antonin Scalia en Rapanos contra Estados Unidos, 547 U.S. 715 (2006).

Lea aquí la Orden Ejecutiva en inglésSALIR

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P-2: ¿Cómo responde la EPA y el Departamento del Ejército (las agencias) a la Orden Ejecutiva?

R-2: Para satisfacer el objetivo descrito en la Orden Ejecutiva del 28 de febrero de 2017, las agencias están siguiendo un proceso de dos pasos que brindará certeza en todo el país:

  1. Las agencias han propuesto derogar la Norma de 2015 y revertir al régimen normativo que estaba vigente antes de que se emitiera la Norma de 2015.

Las agencias también han propuesto una nueva definición que interpreta el alcance jurisdiccional de la Ley de Agua Limpia que sería diferente de la estrategia más amplia de la Norma de 2015, tomando en consideración los principios que delineó el Magistrado Scalia en la opinión de pluralidad de Rapanos (en inglés).

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P-3: ¿Por qué le importa a la gente cómo se definen las “aguas de los Estados Unidos”?

R-3: El alcance jurisdiccional de la Ley de Agua Limpia de 1972 es de las “aguas navegables”, definidas como “Aguas de los Estados Unidos” (Sección 502). Esto es importante porque muchos programas de la Ley de Agua Limpia—incluidos los programas de certificación de calidad del agua tribales y estatales, permisos de descarga de contaminantes y programas de prevención y aplicación de derrames de petróleo—corresponden solo a las “Aguas de los Estados Unidos.” La Ley de Agua Limpia proporciona la discreción para que las agencias encargadas de implementación—la EPA y el Cuerpo de Ingenieros del Ejército—definan las “Aguas de los Estados Unidos” en la normativa.

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P-4: ¿Cómo cambia la Orden Ejecutiva la manera en que las agencias determinan las aguas jurisdiccionales hoy? 

R-4: La O.E. y el aviso de Registro Federal (en inglés)(82 FR 12532, 6 de marzo de 2017; 83 FR 32227, 12 de julio de 2018) que proponen rescindir la Norma de 2015 no han alterado en este momento la definición de “aguas de los Estados Unidos” o la manera en que las agencias implementan los programas de la Ley de Agua Limpia. Las decisiones de tribunales han hecho que la Norma de 2015 esté vigente en 22 estados, el Distrito de Columbia y los territorios estadounidenses. En 28 estados donde se ha ordenado de manera preliminar la Norma de 2015, las agencias están usando la definición normativa previa a 2015 de las “aguas de los Estados Unidos”, como clarifican las decisiones de la Corte Suprema, la orientación de agencias y la práctica de larga trayectoria.

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P-5: ¿Cuál es el estatus del proceso de dictar normas?

R-5: Hay acciones actualmente en curso en ambos pasos del proceso.

  1. El Paso Uno es una propuesta para derogar la Norma de 2015 y revertir al régimen normativo que existía antes de la Norma de 2015. Las agencias han recibido casi 800,000 comentarios sobre la propuesta del Paso Uno y un aviso suplementario y están evaluando estos comentarios antes de finalizar la norma.
  2. El Paso Dos es una propuesta para modificar la definición de las “Aguas de los Estados Unidos.” Las agencias firmaron la norma propuesta del Paso Dos el 11 de diciembre de 2018. Esta propuesta está basada en la difusión considerable previa a la propuesta y en consulta con estados, tribus e interesados. En abril de 2017, la EPA efectuó discusiones previas a la propuesta con funcionarios estatales y locales elegidos y sus asociaciones, además con líderes tribales. Las agencias realizaron sesiones de audiencias públicas en el otoño de 2017 para escuchar las recomendaciones de interesados a fin de modificar la definición de “Aguas de los Estados Unidos”. Las agencias también solicitaron recomendaciones por escrito, publicadas en el expediente. Los comentarios y opiniones relevantes previos a la propuesta del proceso del Paso Uno fueron considerados conforme las agencias desarrollaban su nueva definición propuesta de las “Aguas de los Estados Unidos”. El público tiene ahora una oportunidad de hacer comentarios sobre la propuesta. Estos comentarios se publicarán en el expediente, identificado como Expediente No. EPA-HQ-2018-0149.

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P-6: ¿Qué efecto tendría la propuesta del Paso Uno en la Norma de 2015?

R-6: El Paso Uno de la propuesta, si se finaliza, derogaría la Norma de 2015 y recodificaría la definición normativa que existía antes de la Norma de 2015.

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P-7: ¿Qué es el aviso suplementario del Paso Uno - Derogar?

R-7: El 29 de junio de 2018, las agencias firmaron un aviso suplementario de norma propuesta (en inglés) para el Paso Uno - Derogar la Norma de 2015 que se propone. El aviso suplementario aclaró que las agencias proponen derogar permanentemente la Norma de 2015 en su totalidad. Como parte de la propuesta inicial, la EPA y el Ejército indicaron su intención de revertir a la normativa previa a 2015—un marco normativo de larga trayectoria que actualmente está siendo administrado por las agencias en algunas partes del país—hasta que las agencias finalicen una nueva definición de “Aguas de los Estados Unidos”. Las agencias también emitieron el aviso suplementario de norma propuesta para dar al público la oportunidad de comentar sobre consideraciones adicionales que apoyan la derogación propuesta por las agencias, que no discutieron las agencias en detalle dentro de la propuesta inicial. Quienes dieron comentarios no necesitaron volver a enviar comentarios ya entregados en respuesta del aviso del 27 de julio de 2017 de la norma propuesta.

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P-8: ¿Qué efecto tendría la Norma de Fecha de Aplicabilidad en la definición de “Aguas de los Estados Unidos” de 2015

R-8: Esta norma agregó una fecha de aplicabilidad a la Norma de 2015 que define las “Aguas de los Estados Unidos”, es decir que la Norma de 2015 no entraría en vigencia hasta el 6 de febrero de 2020. Sin embargo, el Tribunal de Distrito de los EE. UU. para el Distrito de Carolina del Sur ordenó esta norma de fecha de aplicabilidad en agosto de 2018. Conforme a la orden del tribunal, la Norma de 2015 esté ahora vigente en 22 estados, el Distrito de Columbia y los territorios estadounidenses. La Norma de 2015 no está vigente en 28 estados conforme a las órdenes de tribunales federales en Dakota del Norte, Georgia y Texas. Las partes del caso de Carolina del Sur, incluida la EPA y el Ejército, han presentado mociones apelando la orden y procurando obtener una suspensión de la decisión del tribunal de distrito. Además, el 26 de noviembre de 2018, el Tribunal de Distrito de los EE. UU. para el Distrito Oeste de Washington anuló la Norma de Fecha de Aplicabilidad en todo el país. Mientras continúa el litigio, las agencias están cumpliendo las órdenes de los tribunales de distrito, y los problemas de implementación que surgen están siendo manejados caso por caso. Las agencias reconocen la incertidumbre que han creado estas decisiones y están comprometidas a trabajar estrechamente con los estados y los interesados para brindar información actualizada constantemente con respecto a cuáles reglas están vigentes en cuáles estados.

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P-9: ¿Qué efecto tendría el Paso Dos de definición modificada propuesta de las "Aguas de los Estados Unidos"?

R-9: 

La propuesta de las agencias aportaría una definición simple que protegería las aguas navegables del país, ayudaría a sostener el crecimiento económico y reduciría las barreras para el desarrollo comercial. Esta norma propuesta proporciona claridad, predictibilidad y congruencia para que la comunidad regulada pueda entender fácilmente dónde es aplicable la Ley de Agua Limpia—y dónde no. La propuesta de las agencias es congruente con la autoridad estatutaria otorgada a las agencias por el Congreso, el precedente judicial establecido por casos clave de la Corte Suprema, y la Orden Ejecutiva de febrero de 2017 titulada “Restaurar el estado de derecho, el federalismo y el crecimiento económico evaluando la norma de ‘Aguas de los Estados Unidos’.”

La norma propuesta describe lo que se considera como “Aguas de los Estados Unidos”: aguas navegables tradicionales; tributarios de dichas aguas; ciertos diques; ciertos lagos y lagunas; represas de aguas jurisdiccionales; y humedales adyacentes a las aguas jurisdiccionales. La propuesta también establece claramente las que no son “Aguas de los Estados Unidos”, entre ellas: aguas que no cumplen una de las categorías jurisdiccionales precedentes; características efímeras, incluidos arroyos efímeros; aguas subterráneas; muchos diques; tierras de cultivo convertidas previamente; sistemas de control de aguas de tormenta y estructuras de reciclaje de aguas residuales; estructuras de reciclaje de aguas residuales y sistemas de tratamiento de aguas.

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