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EPA en español

Oficina de Cumplimiento Externo de los Derechos Civiles (Título VI)

Información relacionada en inglés

En diciembre de 2016, la Agencia de Protección Ambiental de EE. UU. (EPA, por sus siglas en inglés) tomó medidas para ejercer su responsabilidad de imponer la aplicación externa de los derechos civiles con más eficacia mediante la reorganización de las funciones de la antigua Oficina de Derechos Civiles (OCR, por sus siglas en inglés) con respecto a su Programa de cumplimiento y querellas externo. A nivel institucional, esta función de aplicación externa de los derechos civiles reside actualmente en la Oficina de Cumplimiento Externo de los Derechos Civiles (ECRCO, por sus siglas en inglés), que funciona en la Oficina del Abogado General (OGC, por sus siglas en inglés) de la EPA.

La Oficina de Cumplimiento Externo de los Derechos Civiles seguirá ejerciendo las mismas responsabilidades federales de hacer cumplir varias leyes sobre derechos civiles que conjuntamente prohíben la discriminación por raza, color de piel o nacionalidad (incluso por habilidades limitadas del idioma inglés); sexo; discapacidad y edad a los solicitantes y beneficiarios de la asistencia financiera federal de la EPA (el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, el Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972, la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de1973, y la Ley de Discriminación por Edad de 1975, respectivamente), así como la responsabilidad de aplicar la Sección 13 de las Enmiendas de la Ley Federal de Control de Contaminación del Agua de 1972, que prohíbe la discriminación por sexo en los programas o actividades que reciben asistencia financiera en virtud de la Ley de Agua Limpia.

En esta página: 

Descripción general

La Oficina de Cumplimiento Externo de los Derechos Civiles, perteneciente a la Oficina del Abogado General, es responsable de aplicar las leyes sobre derechos civiles que conjuntamente prohíben la discriminación por:

  • raza, color de piel o nacionalidad (incluso por habilidades limitadas del idioma inglés);
  • sexo;
  • discapacidad; y
  • edad

a los solicitantes y beneficiarios de la asistencia financiera federal de la EPA (el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, el Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972, la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, y la Ley de Discriminación por Edad de 1975, respectivamente). La ECRCO también es responsable de la aplicación de la Sección 13 de las Enmiendas a la Ley Federal de Control de Contaminación de Agua de 1972, la cual prohíbe la discriminación por sexo en aquellos programas o actividades que reciben asistencia financiera por la Ley de Agua Limpia.

Es obligación de la ECRCO garantizar que toda entidad que reciba fondos de la EPA cumpla con las leyes federales que prohíben la discriminación. La ECRCO es la oficina de programa de la EPA creada para garantizar que los beneficiarios de asistencia financiera federal de la EPA y otros cumplan con los requisitos de no discriminación pertinentes establecidos en las leyes federales. Si se presenta una querella por discriminación ante la ECRCO contra un programa que recibe financiación federal de la EPA, la ECRCO la procesa.

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Cómo presentar una querella por discriminación contra un beneficiario de la asistencia financiara federal de la EPA

Para obtener información adicional, lea el folleto titulado “Cómo presentar una querella por discriminación”.

  • Folleto sobre Cómo presentar una querella por discriminación
  • Formulario de querella (próximamente)
  • La querella debe presentarse por escrito.
  • La querella debe identificar a la entidad que presuntamente cometió el hecho de discriminación.
  • La querella debe alegar un hecho de discriminación prohibido por una de las leyes que hace cumplir la ECRCO.
  • La querella debe presentarse dentro de los 180 días calendario siguientes a la fecha del último hecho de presunta discriminación.

Envíe la información por correo postal a:
U.S. Environmental Protection Agency (Agencia de Protección Ambiental de EE. UU.)
Código postal 2310A
1200 Pennsylvania Avenue, NW
Washington, DC 20460

Envíe la información por correo electrónico a:
Title_VI_Complaints@epa.gov

O por fax al:(202) 564-0196

Para cualquier otra consulta, escriba a la oficina ECRCO a la dirección que figura más arriba o llame a ECRCO al (202) 564-3316.

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Plan estratégico y Manual de resolución de casos de la Oficina de Cumplimiento Externo de los Derechos Civiles

El 12 de enero de 2017, la Oficina de Cumplimiento Externo de los Derechos Civiles emitió su versión final del EPA’s External Civil Rights Compliance Office Strategic Plan (Plan Estratégico de la Oficina de Cumplimiento Externo de los Derechos Civiles de la EPA) para el período 2015-2020, y del Case Resolution Manual (Manual de Resolución de Casos), para garantizar una gestión del registro de quejas de manera rápida, efectiva y eficiente. Este material está disponible en los siguientes enlaces:

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